Antes de finalizar el curso 2025 el Gobierno ha puesto encima de la mesa la continuidad de esta ayuda directa, quedando reflejado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a través del Real Decreto-ley 16/2025, https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/24/pdfs/BOE-A-2025-26458.pdf donde aparece la extensión de esta ayuda hasta finales de 2026 para viviendas independientes y hasta 2027 en el caso de edificios residenciales.
Cómo nos imaginamos que todos os podéis estar haciendo la misma pregunta, vamos a tratar de responderla de forma clara y esquemática:
¿QUÉ OBRAS SE CONSIDERAN DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA?
Serán aquellas que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable, en un 30% como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
¿Y cómo acreditar esta mejora?
Mediante un Certificado de Eficiencia Energética Previo a la obra y otro posterior a la obra, ambos firmados por técnico competente y debidamente registrados. En IMSOLAR disponemos tanto de las herramientas como del personal cualificado para la realización de los Certificados de Eficiencia, por lo que te guiaremos y asesoraremos sobre esta ayuda en todo momento.
¿CUÁLES SON LAS CANTIDADES A DEDUCIR?
No se establece una ayuda única, sino que el beneficio fiscal variará según la mejora energética obtenida y el tipo de inmueble:
- Nivel básico (hasta 1.000 euros de deducción). Esta ayuda está disponible cuando se realizan pequeñas obras que consigan reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda, pudiendo deducirse hasta el 20% de lo pagado. En este caso, la base máxima anual es de 5.000 euros y la deducción máxima real es de 1.000 euros en la declaración.
- Nivel intermedio (hasta 3.000 euros de deducción). Deducción destinada para obras de mayor impacto que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que consigan mejorar la calificación energética de la vivienda a una clase “A” o “B”. En este caso, la deducción sube al 40%, siendo la base máxima anual de 7.500 euros y la deducción máxima real de 3.000 euros.
- Nivel máximo (hasta 3.000 euros al año). Ayuda pensada para comunidades de vecinos o propietarios de edificios completos. Si las obras en el edificio logran reducir el consumo en un 30% o alcanzar la clase “A” o “B”, cada propietario puede deducirse el 60% de su cuota de participación. En total, la base máxima anual es de 5.000 euros y la deducción máxima real de 3.000 euros.
Existe además en esta última una ventaja añadida. Si la obra es muy costosa, el exceso que no puedas deducirte en 2026 podrás aplicarlo en los cuatro ejercicios siguientes hasta un límite acumulado de 15.000 euros de base, es decir, una deducción total de hasta 9.000 euros repartida en varios años.
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